La secretaria de la Familia, Ciení Rodríguez Troche, se opuso hoy al Proyecto de la Cámara 1948, que eliminaría la vacunación como requisito para matricular a estudiantes en las escuelas del país.
“[…] el Departamento de la Familia favorece que se mantenga el estado de derecho actual con relación a este tema”, afirmó la funcionaria en la ponencia presentada en una vista pública ante la Comisión de Salud de la Cámara, presidida por Sol Higgins Cuadrado.
En esencia, el Departamento de la Familia esbozó dos razones para oponerse a esta medida: que el gobierno estadounidense obliga a que los niños y las niñas estén vacunadas para poder ser matriculadas en los Programas Head Start/Early Head Start y Child Care, y que la potestad del Estado para proteger la salud pública va por encima del derecho a la intimidad de los individuos.
“[…] actualmente los Programas Head Start/Early Head Start y Child Care requieren que todo estudiante o niño preescolar admitido o matriculado en uno de los programas esté debidamente inmunizado”, indicó Rodríguez Troche en su ponencia.
La secretaria puntualizó que las únicas excepciones admitidas por el gobierno federal para permitir en sus programas a menores no vacunados son cuando sus padres, madres o tutores se oponen por razones religiosas o razones médicas debidamente certificadas por un doctor o doctora en medicina.
En ese sentido, destacó que la Ley 25 de 1983 ya provee en su artículo 5 la alternativa de rechazar la vacunación del menor por razones religiosas o médicas.
Por otro lado, Rodríguez Troche estipuló que el derecho a la intimidad “cede ante la protección de la salud de la ciudadanía en general, estando antepuesto el derecho a la salud y seguridad pública cuando se realiza un escrutinio estricto”.
“La política pública del gobierno con relación a las vacunas es promover una calidad de vida óptima en la población de Puerto Rico y prevenir daños por enfermedades infecciosas que son prevenibles evitando brotes o epidemias. Fundamentado en lo anterior, puntualizamos que es un deber constitucional de esta Asamblea Legislativa proteger la salud de sus ciudadanos, por encima de aquellos derechos particulares”, aseveró.
“Por lo tanto, dejar sin efecto este tipo de acción en beneficio de Puerto Rico mediante legislación, trastoca las acciones del Estado de proteger al pueblo de enfermedades graves y contagiosas”, agregó.
La secretaria de la Familia también expuso que “le damos alta deferencia a los comentarios y recomendaciones del Departamento de Salud por ser la agencia con el expertise en los asuntos de salubridad y de política pública sobre el tema”.
Cabe señalar que el secretario de Salud, Carlos Mellado, se opuso a la aprobación de este proyecto, así como diversos profesionales de la salud, incluyendo pediatras. Líderes religiosos, entretanto, la favorecen.
Igualmente, Rodríguez Troche abordó en su ponencia el tema de la patria potestad de los padres y las madres.
“En el Departamento de la Familia reconocemos el derecho de patria potestad de los padres sobre los menores. De ninguna manera fomentamos que se lacere el mismo. De igual manera, es nuestro deber ministerial referir aquellos padres o tutores a cargo de menores que no ejercen dicho derecho y/o no saben cómo hacerlo”, sostuvo.
“La responsabilidad por el bienestar de un menor conlleva el desarrollo de destrezas de crianza, conocimiento en aspectos relacionados con su salud, educación, entre otros. Es por ello que, en el caso de las vacunas fomentamos su administración en pro de la salud de estos”, añadió la funcionaria.
La medida fue presentada por las representantes populares Sol Higgins Cuadrado y Lydia Méndez Silva, enfermera de profesión y vicepresidenta de la Cámara; el representante popular José Rivera Segarra, el representante novoprogresista Carlos Méndez Núñez y la representante Lisie Burgos Muniz, de Proyecto Dignidad.
El P. de la C. 1948 establece que “no se requerirá́ el certificado de vacunación para admisión o matricula de aquel (lla) estudiante que presente una declaración jurada de que su padre, madre o tutor(a) legal tiene una sincera convicción y/o creencia religiosa que conflige con la vacunación”.
También indica que “el estado no podrá escudriñar en los aspectos de esa convicción y/o creencia religiosa expresadas en la declaración jurada, más allá de que la convicción o creencia sea sincera”.
Asimismo, la medida dispone que “todo(a) estudiante quedará exento(a) de vacunarse de aquellas enfermedades que haya padecido” y que “esto se acreditará mediante el correspondiente certificado médico o declaración jurada del padre, madre o tutor”.
“El estado no podrá imponer sanciones que incluyan multas o cárcel a ningún padre, madre o tutor(a) legal a base de su libertad religiosa y/o libertad de consciencia que decida no vacunar a sus hijos(as)”, lee el estatuto.
El gobernador Pedro Pierluisi Urrutia dijo este mes que si la medida se aprueba en la Legislatura y llega a La Fortaleza “la voy a evaluar”, pero aclaró que “nosotros fomentamos, creemos que la vacunación es buena para nuestros niños y jóvenes, para prevenir múltiples enfermedades”.