El estrangulamiento no fatal, la asfixia posicional y la sofocación serán considerados maltrato agravado si se realiza contra una pareja o expareja sin su consentimiento.
Esto, luego de que el gobernador Pedro Pierluisi Urrutia convirtiera en ley el Proyecto de la Cámara 1583.
El estatuto, que procura darles mayores protecciones a las sobrevivientes de violencia de género, también estipula que el victimario será clasificado como un ofensor sexual.
Igualmente, establece que incurrirán en delito grave todo padre, madre o persona responsable del menor o cualquier otra persona que a propósito, con conocimiento o temerariamente le estrangule, sofoque o asfixie posicionalmente.
Además, se atempera el Registro de Personas Convictas por Violaciones a la Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica y el Registro de personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso contra Menores.
Con esta ley, asimismo, se viabiliza el diseño de un protocolo uniforme de evaluación e intervención aplicable a todas las instituciones médico-hospitalarias ante un caso certificado o sospechoso de estrangulamiento, sofocación o asfixie posicional.
La ley fue avalada por el Departamento de Seguridad Pública (DSP), el Departamento de Justicia (DJ) y la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM).