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Discrepan sobre imponer restricciones en piscinas residenciales

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18 de abril de 2024

Un proyecto de ley que busca establecer como norma de seguridad mínima en todo hogar que cuente con piscina y donde resida uno o más menores de seis años de edad la instalación de una valla de seguridad con alarma, fue discutido este jueves ante la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes.

La pieza legislativa, de la autoría del representante José Pérez Cordero, también ordena al Instituto de Ciencias Forenses (ICF) a elaborar un protocolo de intervención cuando un menor de seis años de edad muere por aparente ahogamiento en una piscina.

Durante la audiencia pública, el Departamento de Justicia indicó que no recomienda la aprobación de la medida según está redactada.

Particularmente, la agencia consideró que se debe evaluar cuáles instrumentalidades reguladoras intervienen en el proceso de expedición de permisos de construcciones o modificaciones de piscinas para luego establecer un proceso de registro administrativo que cumpla con los requisitos constitucionales y estatutarios.

“Aunque la intención de la medida es loable, entendemos que varios aspectos de su redacción podrían impedir una implementación efectiva del proyecto”, expresó Justicia en una ponencia firmada por el secretario Domingo Emanuelli.

El proyecto dispone que el Departamento de Seguridad Pública (DSP) adoptará el reglamento que será aplicable a estas residencias, por lo que será la agencia encargada de fiscalizar las modificaciones que se requerirán en las piscinas residenciales.

Aunque el DSP informó que apoya la medida, el secretario Alexis Torres aclaró en un memorial explicativo que los negociados bajo el componente de seguridad no poseen el conocimiento especializado para adoptar la reglamentación requerida para la puesta en vigor de la propuesta.

“Puntualizamos que resulta imperativo desarrollar medidas dirigidas a prevenir situaciones de riesgo como las que se reseñan, y de este modo garantizar la seguridad de nuestros niños”, afirmó Torres.

Por su parte, el ICF señaló que las facultades que la medida propone delegar en la institución no se ajustan a sus áreas de competencia. La directora ejecutiva del instituto, María Conte Miller, recomendó que tanto el protocolo de intervención como la responsabilidad de brindar orientación sobre cómo proceder al trabajar con alguna situación de un menor ahogado corresponda al DSP.

“Aun cuando consideramos loable y necesario el propósito de la medida, el instituto entiende que esta debe ser evaluada dentro del contexto de las normativas de derecho”, dijo la doctora.

De acuerdo con la exposición de motivos de la medida, la Comisión de Seguridad de Productos del Consumidor (CPSC, en inglés) realizó un estudio sobre los ahogamientos entre menores de cuatro años en los estados de Arizona, California y Florida reveló que en casi 70 por ciento de los niños no se esperaba que estuvieran en la piscina o en sus cercanías. Sin embargo, se les encontró en el agua.

Además, más de un cuarto (27 por ciento) de los ahogamientos entre menores de cuatro años ocurrieron en la casa de un amigo, familiar o vecino. El proyecto también expone que en Puerto Rico han sido constantes las noticias reseñadas sobre niños que han resultado muertos por ahogamiento en piscinas residenciales y otros tantos que han sido hospitalizados por tales accidentes.

La Redacción

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Comments 1

  1. Rafa says:
    1 año ago

    Todo lo que conlleve peligro atrayente para un menor de edad, debe de ser previsto y reglamentado. No necesariamente tiene que ser en una propiedad privada donde hayan o vayan menores de visita, sino en una propiedad donde vivan menores en su vecindario…

    Responder

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