La Oficina de Derechos Civiles (OCR) del Departamento de Salud y Servicios Humanos de Estados Unidos (HHS, en inglés), anunció la emisión de una carta de hallazgos y aviso de infracción contra el Hospital San Juan Capestrano, tras una investigación exhaustiva, por infringir las leyes de derechos civiles para personas con discapacidad.
La OCR recibió una denuncia que alegaba que el hospital discriminó a un paciente por discapacidad al no proporcionar un intérprete de lenguaje de señas para una evaluación psiquiátrica ordenada por el tribunal en el hospital.
Con esto, negó al paciente la igualdad de oportunidades de participar o beneficiarse de los programas y servicios del hospital debido a la discapacidad.
Como resultado de esta investigación, la OCR determinó que:
- El paciente era una persona elegible con una discapacidad que utilizaba el lenguaje de señas como su forma principal de comunicación.
- El paciente necesitaba un intérprete de lenguaje de señas para comunicarse de manera eficaz con los demás.
- El uso de notas escritas a mano, gestos y lectura de labios por parte del hospital fue insuficiente, dada la complejidad de las comunicaciones necesarias para realizar una evaluación psiquiátrica y la importancia central de la comunicación en dicha evaluación.
- El hospital no tomó las medidas adecuadas para garantizar que la comunicación con el paciente fuera tan eficaz como la comunicación con personas que no son sordas o no tienen dificultad de audición.
- El hospital no proporcionó la ayuda y los servicios auxiliares necesarios para asegurar una comunicación eficaz y ofrecer al paciente la misma oportunidad de participar en los servicios del hospital y beneficiarse de estos.
La determinación de la OCR insta al hospital a comunicarse con la OCR dentro de treinta días y a firmar un acuerdo de conciliación dentro de sesenta días. El acuerdo de conciliación describe las acciones que el hospital debe tomar para corregir las infracciones.
Si no se ha asegurado el cumplimiento a través de una negociación de acuerdo de conciliación, la división del HHS que ha desembolsado fondos federales al hospital puede tomar posibles medidas. Estas medidas podrían eventualmente generar limitaciones en la recepción continua de fondos del HHS.
“La comunicación eficaz durante las evaluaciones de salud mental es crucial para garantizar el cuidado y tratamiento adecuados para cada paciente. Los pacientes que son sordos o tienen dificultad de audición deben recibir el mismo nivel de comunicación que los pacientes sin discapacidades auditivas”, dijo la directora de la OCR, Melanie Fontes Rainer.
“La OCR continuará haciendo cumplir rigurosamente las leyes y regulaciones para fortalecer el acceso a los servicios de salud para las personas con discapacidades y garantizará la equidad y la no discriminación en el cuidado de la salud y los servicios humanos”, añadió.
El artículo 504 prohíbe la discriminación por discapacidad en cualquier programa o actividad que reciba asistencia financiera federal del HHS, mientras que el artículo 1557 hace lo mismo con respecto a ciertos programas y actividades de salud.
En conjunto, el artículo 504 y el artículo 1557 prohíben que cualquier entidad que reciba asistencia financiera federal discrimine a personas elegibles con discapacidades y exige que una entidad tome medidas para garantizar que la comunicación con personas con discapacidades, mediante el uso de ayudas y servicios auxiliares apropiados, sea tan eficaz como la comunicación con otras personas.
Esta primavera, la OCR finalizó actualizaciones importantes a las normas que implementan el artículo 504 y el artículo 1557.
Haga clic para leer la Carta de hallazgos y el Aviso de infracción aquí.