El juez Anthony Cuevas Ramos, del Tribunal de San Juan, emitirá la próxima semana su sentencia sobre la impugnación de un grupo de aspirantes a primarias del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) y Proyecto Dignidad (PD) que no recogieron endosos al someterse a un método alterno provisto por el Código Electoral.
La demanda fue presentada por un grupo de aspirantes del Partido Popular Democrático (PPD).
En disputa están las siguientes candidaturas de MVC: Ana Irma Rivera Lassén y Edgardo Cruz (comisaría residente); Alejandro Santiago Calderón, Edwin Marrero, Ramón Cruz Díaz y Rafael Bernabe (Senado por acumulación); y Myrna Conty, Mariana Nogales y Olvin Valentín (Cámara por acumulación).
En cuanto a Proyecto Dignidad, se retaron las candidaturas de Stephen Gil, Wilfredo Pérez Torres y Anthony Sánchez Aponte (todos por el Distrito 38).
“Voy a agradecer a todos los compañeros por su tiempo y pasar el día conmigo orientándome un poco y algunos dándome cierta inspiración para sentarme a escribir”, dijo el juez al concluir una vista argumentativa efectuada ayer, viernes.
“Como saben, tengo varios asuntos que estoy trabajando al mismo tiempo. Sí, sí, aquí todos son de fácil disposición y todos tienen prisa, pero espero para la semana que viene remitir la sentencia ya en este caso”, aseveró.
El juez Cuevas Ramos también tiene ante su consideración la querella presentada por el PPD contra el suspendido alcalde de Ponce, Luis Irizarry Pabón, mediante la cual intenta despojarlo de la candidatura a la reelección.
Los abogados del MVC y Proyecto Dignidad argumentaron ayer que los demandantes no han presentado daños reales, por lo que no tendrían legitimidad activa para sostener el pleito.
“No tienen razón por partida triple. No tienen ‘standing’”, afirmó el abogado de los demandados, Frank Torres Viada.
“Es una acrobacia jurídica lo que proponen como interpretación de la ley electoral. No conocen la tradición electoral puertorriqueña, trastocan los elementos fundamentales de la figura de método alterno desde que fue instituido en 1982”, agregó.
Como parte de su defensa, el MVC ha señalado que se sometió al Reglamento y Manual de Primarias y Métodos Alternos de Nominación del 2024, aprobado por la Comisión Estatal de Elecciones. Este mecanismo, utilizado para sus primarias, “no establece ningún requisito de endosos con lo que no existe base para esta demanda”.
Por otro lado, el abogado de los demandantes, Iván Rivera Reyes, sostuvo que sus clientes sí tienen capacidad para presentar el pleito porque, además de aspirantes, son electores.
“La ley electoral, en su artículo 5.1, establece una Carta de Derechos del Elector. Las leyes y reglamento se tienen que aprobar de manera uniforme y en equidad a todo el mundo”, argumentó Rivera Reyes.