“Usted sabe qué, su señoría, si no querían políticamente un alcalde acusado o denunciado, sabe qué, no lo podían certificar. Tan sencillo como eso. No lo podían certificar, pero lo certificaron. Y una vez lo certifican, entonces tienen un problema, porque la acción de descalificación es una”.
Así cerró su argumentación ayer, lunes, el licenciado Frank Torres Viada, abogado del suspendido alcalde de Ponce, Luis Irizarry Pabón, durante la vista argumentativa sobre la querella incoada en su contra por el Partido Popular Democrático (PPD).
La colectividad busca sacar de carrera a Irizarry Pabón luego de que incumpliera un acuerdo que le obligaba a renunciar si se determinaba causa para juicio en su contra o si la vista preliminar por cuatro cargos criminales no concluía el 28 de febrero.
Torres Viada reiteró que no es en el tribunal que el PPD tiene que buscar la descalificación de Irizarry Pabón como candidato a la reelección, pues -a su juicio- la querella no cumple con los requisitos del artículo 7.5 del Código Electoral.
Torres Viada insistió en que el partido tiene un problema político y lo puede resolver desafiliando a Irizarry Pabón.
“Si instan una acción interna contra el alcalde y ya no es más miembro del Partido Popular, pues, no puede correr por el Partido Popular. Ahí tienen una vía política interna. Ese es el camino que tienen que seguir”, señaló Torres Viada. “El Partido Popular tiene un problema político y tienen que buscar una solución, pero la solución no es una solución judicial, su señoría, es una solución política”.
Torres Viada presentó su postura en ausencia de su cliente, durante una vista argumentativa ante el juez Anthony Cuevas Ramos, del Tribunal de San Juan. El PPD estuvo representado por el licenciado Gerardo De Jesús Annoni.
El juez escuchó a ambas partes y deberá resolver en algún momento.
“Este caso está en turno”, advirtió Cuevas Ramos, al recordar que tiene otras controversias electorales ante su consideración, como la petición del PPD para que se descalifiquen a varios candidatos del Movimiento Victoria Ciudadana y de Proyecto Dignidad que no recogieron endosos.
De todos modos, los casos políticos se atienden con cierta prioridad en deferencia al calendario electoral, por lo que se anticipa que este pleito civil se resolverá antes del caso criminal que enfrenta Irizarry Pabón.
La vista preliminar contra Irizarry Pabón por dos cargos de enriquecimiento injustificado y dos violaciones a la Ley de Ética Gubernamental comenzó la semana pasada y continuará el 10 y 11 de abril ante el juez Daniel López González en la sala 405 del Tribunal de Ponce.
Las argumentaciones
El acuerdo objeto de esta controversia fue firmado por Irizarry Pabón; el secretario general del PPD, Gerardo Cruz Maldonado, y el representante del Distrito 24, Ángel Fourquet Cordero, quien quería retar al alcalde en primarias.
Para evitarlo, se condicionó la certificación de Irizarry Pabón -como candidato único a la alcaldía de Ponce- a que renunciara si al 28 de febrero no había culminado la vista preliminar o si ya le habían determinado causa para juicio. Fourquet Cordero podría entonces considerar aspirar a esa candidatura.
Torres Viada indicó que el acuerdo no es un reglamento del PPD, por lo que no se cumplen las causales que provee el artículo 7.5 del Código Electoral para descalificar a un candidato.
“Los requisitos para descalificar a un candidato certificado son que incumpla con los requisitos impuestos por la Constitución y la ley, o que haya violado el Código Electoral o sus reglamentos”, expuso el abogado.
En otro momento dijo que “el acuerdo no es el Código Electoral, y no establece requisitos que se derivan del reglamento del partido ni de la Constitución”.
Sobre ese asunto, el juez Cuevas Ramos apuntó que los reglamentos de los partidos forman parte de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) y a su vez se integran al Código Electoral, porque la CEE se creó por causa de los partidos políticos.
De otra parte, Torres Viada argumentó que la supuesta coacción de la que Irizarry Pabón fue objeto para firmar el acuerdo se configuró por el contenido mismo del documento y presentó eso como justificación para que su cliente no se sentara a declarar.
“Los elementos que establecen la coacción en este caso en particular surgen justamente del contenido del documento que firmó el alcalde, entendido en el contexto y en el impacto que esto tuvo en condicionar su certificación como candidato político”, planteó.
“Ese es el argumento de coacción. Si eso constituye coacción o no, su señoría lo tendrá que determinar”, agregó.
El juez preguntó entonces: “Es decir, ¿no tenía una intención clara o específica o real de cumplir un acuerdo, sino lo que él quería era ser certificado?”.
Y Torres Viada respondió: “Claro, ahí, eso sería en cuanto al elemento de coacción, su señoría”.
No obstante, el abogado del querellado teorizó que, más allá de la disposición de su cliente para firmar el acuerdo, el mismo no es válido.
“Independientemente de la voluntariedad de la firma, que se pudiera estipular aquí al margen de la defensa de coacción, aun si usted toma por bueno que esa firma fue válida y que hubo un consentimiento, eso nos plantea un problema de falta de causa, de causa ilícita de ese contrato o de que es un contrato que no es ejecutable, porque es un contrato que es contrario al derecho electoral, es contrario a los requisitos que establecen la Constitución y es contrario a los reglamentos del propio partido”, sostuvo.
Por otra parte, el licenciado De Jesús Annoni reiteró el argumento del PPD de que Irizarry Pabón firmó el acuerdo voluntariamente y luego lo incumplió.
“El problema que tiene el Partido Popular Democrático en este momento es que está bregando con una persona que faltó a su palabra, que no tiene compromiso y que no es leal a los acuerdos a los que llegó con el partido, a lo que está obligado. Ese es el problema que nos trae aquí para descalificarlo”, resumió De Jesús Annoni.
Al término de su réplica a Torres Viada, empero, De Jesús Annoni trajo un elemento sobre el que capitalizó el abogado de Irizarry Pabón. Esto, en cuanto a la alegación de que el partido le impuso al suspendido alcalde condiciones particulares que no tuvieron otros aspirantes, lo que violaba el principio de uniformidad que requiere la ley.
El abogado del PPD planteó que el único aspirante en igualdad de condiciones con Irizarry Pabón era José Guillermo Rodríguez, suspendido alcalde de Mayagüez, quien también enfrenta cargos de corrupción gubernamental.
“Quien único otro aspirante o posible aspirante, en aquel momento no se sabía, del Partido Popular, que estaba en una misma situación, en unos mismos zapatos o circunstancias, era el alcalde de Mayagüez, José Guillermo Rodríguez. En el caso de José Guillermo Rodríguez, ¿qué pasó? Pues no fue calificado cuando el asunto llegó a la Comisión de Calificación, pero ese era el único otro caso, su señoría”, manifestó De Jesús Annoni, al catalogar como “falaz” la postura de la defensa.
En respuesta, Torres Viada le expresó al juez que “sobre el alegado argumento falaz, ahí radica el gran problema que tiene la parte querellante”. Esto, en referencia a que la Comisión Calificadora de Aspirantes del PPD pudo no haber certificado a Irizarry Pabón y la firma del acuerdo no era necesaria.