La Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) eximió a la empresa Elite Towers de la radicación de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) como parte del proceso para obtener el permiso de construcción de una torre de telecomunicaciones en el barrio Indios de Guayanilla.
Así quedó establecido en la demanda que presentó este martes el representante José Rivera Madera, a los fines de que el tribunal expida un interdicto preliminar y permanente, y una sentencia declaratoria que paralice las obras que se retomaron este lunes en el sector San Germán de ese municipio.
La abogada Yadira Ramos Rodríguez presentó el recurso legal extraordinario a nombre del legislador Rivera Madera, como parte interventora en la demanda del Gobierno Municipal de Guayanilla contra Elite Towers.
El pasado 25 de abril el ayuntamiento pidió un injunction preliminar y permanente que detuviera la construcción, sin embargo, el juez superior Hamed G. Santaella Carlo citó una vista para el 7 de junio.
Para que la petición no se torne académica ante el plazo dado por el juez, y con el objetivo de conseguir una paralización inmediata, Rivera Madera acudió ayer al Tribunal de Ponce.
En la demanda se establece que el representante del Distrito 23 le pidió a su homólogo Ángel Fourquet Cordero que, a través de la Comisión para el desarrollo y la fiscalización de fondos públicos de la región suroeste que preside, solicitara a la OGPe la copia del expediente de Elite Towers con los permisos y endosos recibidos.
Rivera Madera requirió la intervención de Fourquet el 20 de abril y al día siguiente este le solicitó la información al secretario de Desarrollo Económico y Comercio, Manuel Cidre Miranda, bajo cuya sombrilla está la OGPe. El 24 de abril se recibieron los documentos.
“Surge del expediente enviado por la Oficina de Gerencia de Permisos que se le otorgó a la parte demandada del caso de epígrafe una Certificación de Cumplimiento Ambiental por Exclusión Categórica”, precisa la demanda.
Por consiguiente, al desarrollador se le eximió de presentar una DIA.

El problema, según Rivera Madera, es que esta torre de telecomunicaciones de 130 pies de alto -que ubicaría frente a una cancha de baloncesto, cerca de 20 casas y al lado de la carretera PR-335- no cumple con los requisitos para la exclusión categórica.
La demanda explica que la exclusión categórica se puede otorgar si la construcción no impacta “áreas especiales con riesgo de inundación, derrumbes o marejadas”. ni “áreas ecológicamente sensitivas o protegidas, según establecido por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, en las que existan especies únicas de fauna o flora o que estén en peligro de extinción o en las que puedan afectarse ecológicamente sistemas naturales o artificiales, ya sea de forma directa o indirecta”.
Rivera Madera planteó que “del expediente de la OGPe de caso de epígrafe no surge la documentación que sustente la expedición de esta certificación excepcional como lo es la de Cumplimiento Ambiental por Exclusión”.
Además, señaló que, a pesar de ello, la secretaria auxiliar de OGPe, María Cintrón Flores, expidió la certificación a Elite Towers el 11 de agosto de 2022.
“El permiso de construcción en controversia fue expedido a base de la Certificación de Cumplimiento Ambiental por Exclusión Categórica bajo el número de caso 2022-451822-DEC-111941, cuando resulta forzoso concluir que nuestro estado de derecho no provee para dicha exclusión categórica, por razón del tipo de construcción que se proponía y, además, que la construcción en sí incumple con las condiciones generales que la Exclusión Categórica contiene”, lee la demanda.
“Ni la parte demandante ni el DRNA emitió y/o exigieron la requerida Declaración de Impacto Ambiental, pues los expertos de la primera (Elite Towers) lograron inducir a error a la OGPe”, agregó la licenciada Ramos Rodríguez en su exposición de hechos.
Entre los argumentos de los residentes del sector San Germán y de la alcaldía guayanillense para oponerse al proyecto figura que la torre se construiría sobre un humedal. Incluso, debido a que agua subterránea se infiltró en el hueco que se cavó para la base de la torre, se le pidió a la titular del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), Anaís Rodríguez, que enviara un perito a evaluar el terreno.
La funcionaria se rehusó a hacerlo hasta que se lo ordenara un tribunal, según informó a La Perla del Sur el alcalde Raúl Rivera Rodríguez.
Por lo tanto, Rivera Madera aseveró que el permiso de construcción otorgado a Elite Towers es ilegal y, en consecuencia, también la construcción que está en curso.
“La actuación errada de la OGPe, de autorizar la construcción en controversia, luego de un proceso de permisos viciado por conducto del cual los expertos y gestores contratados por la parte demandada lograron inducir a error a dicha agencia, desembocó en el comienzo de una construcción ilegal que por conducto de este procedimiento se pretende evitar”, señala el legislador.
“Dicha construcción permanente, de permitirse, tendría consecuencias en la salud pública de los habitantes de la comunidad y en la salud ambiental”, añade en la petición judicial.
“Por tanto, debe decretarse que la obtención y expedición del permiso de construcción en controversia fue ultra vires y, como consecuencia, atenta contra el mandato constitucional que ordena la conservación del medio ambiente y los recursos naturales, y por tanto que procede la paralización y se declare cese y desista de la construcción en ciernes”, agregó.
Por otra parte, la demanda hizo hincapié en que el Tribunal de Ponce debe expedir los recursos solicitados con premura, porque si la construcción concluye antes de que se vea el caso en los méritos -el 7 de junio- la petición resultaría académica.
“El remedio interdictal favorecerá que no continúe el daño y que el remedio no sea académico, pues de no permanecer la detención de las obras de construcción causaría un daño irreparable”, indica la demanda.
“Al momento no existe otro remedio en ley disponible para la parte demandante, los ciudadanos puertorriqueños y la parte interventora, y por la rapidez con que se pueden desarrollar los actos de la parte demandada existe una alta probabilidad de que, de no expedirse el auto y permanecer vigente el cese y desista de la construcción, cualquier remedio se torne académico y el daño ambiental sea de consecuencias mayores al que ya se ha producido”, reitera.
En su conclusión, la licenciada Ramos Rodríguez, en representación de Rivera Madera, pidió que el tribunal decrete la ilegalidad del permiso de construcción, expida un auto de injunction preliminar y permanente, y una sentencia declaratoria que prohíba la construcción de una torre de telecomunicaciones en el sector San Germán.
Asimismo, requirió que le ordene a la OGPe “dar inicio al proceso de permisos que pudiera dar base a una construcción cónsona con nuestro estado de derecho”.
¿Cuáles fueron los criterios para otorgar la “exclusión categórica” en el caso de marras y que documentación científica, si alguna, corrobora tales criterios?