La Legislatura Municipal de Ponce aprobó el martes en la noche una ordenanza que cambia el orden de sucesión interina, en caso de surgir una vacante en el puesto de alcalde en el ayuntamiento ponceño.
La aprobación de la medida surge justo cuando se espera que el Panel sobre el Fiscal Especial Independiente anuncie si acusará o no al alcalde Luis Irizarry Pabón, por presuntas violaciones vinculadas a la recaudación de fondos para la campaña eleccionaria del 2020.
El proyecto aprobado deroga la Ordenanza #32 serie 2019-2020 y crea una nueva ordenanza atemperada a las disposiciones de la Ley 107 de 2020, conocida como el Código Municipal. Irizarry Pabón firmó la ordenanza esta misma noche, según publicó en sus redes sociales.
Bajo la nueva orden de sucesión, la vicealcaldesa Marlese Sifre Rodríguez asumiría las riendas del ayuntamiento, de no estar disponible el alcalde. A la vicealcaldesa le seguirían el administrador de la Ciudad, Francisco Rodríguez; el secretario municipal, Edgar Avilés; y la directora de la Oficina de Servicios Legales, Annette Rodríguez, en ese orden.
La nueva sucesión se activaría ante la vacante permanente en el cargo de alcalde por muerte, renuncia, destitución, incapacidad total y permanente, o si es suspendido de empleo mientras se ventilan cargos en su contra.
Hasta la aprobación de la nueva ordenanza, el orden de sucesión – promulgado por la exalcaldesa María Meléndez Altieri- era el siguiente: director(a) de Servicios Legales, director(a) de Permisos y director(a) de Ayuda al Ciudadano.
El PFEI designó dos fiscales para investigar a Irizarry Pabón el 12 de abril de este año, luego de acoger la recomendación que a tales fines le hizo el secretario de Justicia, Domingo Emanuelli Hernández.
El 12 de julio venció el término inicial de 90 días que tenían para completar la investigación. Sin embargo, se solicitó tiempo adicional, lo que les fue concedido. Esa extensión venció el 31 de agosto.
Al no haber terminado la pesquisa, se les concedió tiempo adicional hasta el 10 de octubre.
El informe de la División de Integridad Pública y Asuntos del Contralor (DIPAC) del Departamento de Justicia, que dio paso al referido, detalla que Irizarry Pabón pudo haber incurrido en violaciones a los artículos 191 y 251 del Código Penal; los artículos 4.2 (b) v (m) de la Ley de Ética Gubernamental; y el artículo 13.005 de la Ley 22 para la fiscalización del financiamiento de campañas políticas. En este último, por presentar informes que se aduce son falsos.
El caso comenzó con una comunicación —vía correo electrónico— remitida a la contralora Yesmín M. Valdivieso, que a su vez fue referida al Departamento de Justicia. En dicha comunicación se alegó que el alcalde ponceño les había solicitado a dos funcionarios municipales que recogieran aportaciones monetarias entre varios empleados de confianza.
El dinero se usaría para pagar un préstamo personal que tomó Irizarry Pabón para sufragar, parcialmente, los gastos de su campaña electoral a la alcaldía de Ponce.
Por estos hechos, la Oficina del Contralor Electoral le impuso a Irizarry Pabón y a la tesorera de su comité de campaña, Damaris Suliveres (quien es también la directora de Finanzas del ayuntamiento), multas y penalidades ascendentes a $159,944.24 por presuntamente violar la Ley 22 para la fiscalización del financiamiento de campañas políticas.
Sus sucesores también tienen su historial dentro del mismo acto del que se sospecha del “honorable” alcalde, Luis Irizarry-Pabón; violaciones vinculadas a la recaudación de fondos para la campaña eleccionaria del 2020, o sea, de quedan otros cabros velando las lechugas…