Con miras a añadir mayores responsabilidades a las agencias concernientes para garantizar el envejecimiento saludable, inició ayer el proceso de vistas públicas del Proyecto de la Cámara 1845.
Dicha medida enmendaría la Ley 121-2019 de la Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores, referente a las órdenes de protección para que, en los casos en los que se alegue negligencia propia, el tribunal pueda ordenar o requerir una evaluación o certificación médica de la condición mental del adulto mayor previo a emitir cualquier determinación u orden de protección.
En tanto, la pieza legislativa fija nuevas obligaciones a Familia para que fomente el Programa PROSPERA, a través del cual los adultos mayores que requieran sustento de sus familiares puedan obtener apoyo en todas sus facetas, incluida la pensión alimentaria.
También, Familia deberá fomentar modelos y servicios orientados a que el individuo pueda permanecer y recibir atención en su hogar y su comunidad, siguiendo los modelos existentes en otras jurisdicciones de los Estados Unidos, denominados como Home Community-Based Services (HCBS, en inglés).
En el caso del Departamento de Justicia (DJ), el estatuto ordena fomentar iniciativas dirigidas al gobierno y otros sectores sobre los derechos de los adultos mayores contra el edadismo (forma de discriminación social por edad), protección contra la explotación financiera y su derecho a su desarrollo social.
El proyecto cuenta con el apoyo de las cinco delegaciones legislativas de la Cámara de Representantes.
Durante el encuentro para atender el proyecto, presentado a petición de la Asociación Estadounidense de Personas Jubiladas (AARP, en inglés), compareció el Departamento de Recreación y Deportes (DRD), el Departamento de Seguridad Pública (DSP) y la Universidad de Puerto Rico (UPR).
El director estatal de AARP, José Acarón Rodríguez dijo que apoyan el proyecto, ya que ‘’representa una medida de consenso multipartidista y multiagencial que fortalece la Ley 121-2019 y sienta las bases para un Puerto Rico de bienestar y envejecimiento saludable para todos, no importa la edad”.
Asimismo, Acarón Rodríguez expuso que las enmiendas a la Ley 121 se concentran en adelantar la política pública de envejecimiento activo, la asignación de roles y deberes específicos a las agencias de gobierno, la inclusión de nuevas agencias y el fortalecimiento del rol del Departamento de la Familia.
Por otro lado, en una ponencia firmada por el secretario del DSP, Alexis Torres Ríos, indicó que aprobaron el 12 de octubre de 2021 un Protocolo de Servicios para Adultos Mayores con el propósito de establecer la política pública del Departamento a favor de los adultos mayores en cuanto a la prestación de servicios, incluyendo a su protección física y emocional.
Por otra parte, el DRD avaló el proyecto y acogió las enmiendas propuestas por el Comité para la Implementación y la Revisión de la Ley 121.
‘’Sin duda, estas enmiendas son cónsonas con nuestra política pública sobre la responsabilidad que el Departamento tiene con la población envejeciente. Entendemos que es fundamental continuar atemperando periódicamente todos los servicios que provee la agencia para implantar e integrar estrategias y acciones dirigidas al bienestar del adulto mayor’’, expuso el secretario del DRD, Ray Quiñones Vázquez.
De igual forma, Edwin Vega, vicepresidente asociado de Asuntos Estudiantiles de la UPR, avaló el estatuto porque protege los derechos y garantiza el bienestar de los adultos mayores en Puerto Rico.
No obstante, Vega resaltó que, para garantizar la efectividad de la legislación, resulta indispensable la asignación de recursos económicos necesarios para la implementación de programas.