Con el aval de la mayoría parlamentaria del Partido Nuevo Progresista (PNP), la Cámara de Representantes aprobó este martes el Proyecto del Senado 297, que requiere el consentimiento informado de al menos uno de los padres o tutores legales cuando menores de 15 años se sometan a un aborto.
La legislación establece que ninguna clínica, centro, hospital o médico con licencia para practicar medicina en Puerto Rico podrá terminarle un embarazo a una menor de 15 años, salvo que se cumpla con unos requisitos por parte de alguno de los progenitores que ostente la patria potestad o la custodia legal.
La primera de estas condiciones obliga la presencia de uno de los padres al momento de llevarse a cabo la terminación de embarazo y la firma de un documento prestando su consentimiento informado. De igual forma, ordena que cada caso sea referido al Departamento de la Familia, aun cuando exista el consentimiento informado de uno de los progenitores.
Según dispone la medida, la acción de obligar a una menor de 15 años a terminar su embarazo será considerada un delito con pena de reclusión de tres años y conllevará una multa de $25 mil.
La medida afirma en su exposición de motivos que el Departamento de Justicia contabilizó 67 casos de menores de 15 años que se practicaron un aborto entre los años 2018 y 2022. De esta cantidad, solo una clínica realizó tres referidos a las autoridades para investigación por sospecha de abuso sexual.
Durante su discusión, la portavoz de Proyecto Dignidad, Lisie Burgos Muñiz, solicitó que el proyecto fuera devuelto a la Comisión de lo Jurídico para que se atendieran “varias lagunas”, pero su petición fue objetada.
La legisladora, quien votó en contra de la medida, también abogó por extender las disposiciones de la legislación hasta los 21 años, que es la mayoría de edad civil en Puerto Rico.
Burgos Muñiz reiteró, según su interpretación del Artículo 98 del Código Penal, que “el aborto es ilegal en Puerto Rico” y solo es permitido cuando sea necesario cuidar la salud o la vida de la mujer o persona gestante.
Aunque el ordenamiento jurídico clasifica el aborto como un delito, el Tribunal Supremo de Puerto Rico determinó en el caso El Pueblo de Puerto Rico v. Duarte Mendoza que el término “salud” incluye la salud mental y, por lo tanto, las terminaciones de embarazo son legales en Puerto Rico.
Por su parte, la representante Adriana Gutiérrez Colón, del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), sentenció que la propuesta legislativa “parte de una premisa de que todas las jóvenes y menores cuentan con un círculo familiar de apoyo o que siempre todos los hogares son un espacio seguro”.
Asimismo, agregó que “vulnera los derechos fundamentales de las niñas y adolescentes en Puerto Rico en un claro retroceso en materia de derechos reproductivos”.
Para la legisladora, analizar la medida con responsabilidad supone considerar los hallazgos de estudios que demuestran que leyes como la que se pretende aprobar son “contrarias al mejor interés de la niñez”, puesto que, a su juicio, atentan contra su seguridad, salud y dignidad.
La pieza legislativa regresará al Senado tras las enmiendas que tuvo durante el trámite legislativo en la Cámara.