El Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) y el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) anunciaron el martes la emisión de la Orden Conjunta 2025-002, que deja sin efecto la Interpretación Oficial 2024-01 sobre la prohibición de plásticos de un solo uso.
Esto, en respuesta a un litigio pendiente presentado por la Asociación de Restaurantes de Puerto Rico (ASORE).
“Hemos tomado esta decisión en conjunto para garantizar una transición justa y efectiva hacia el cumplimiento de la Ley 51-2022. Queremos ofrecer el apoyo necesario a los comerciantes y consumidores para asegurar que comprendan y adopten las disposiciones de la ley”, expresó la secretaria designada del DACO, Natalia Catoni en declaraciones escritas.
La acción tiene como propósito atender los aspectos legales del caso ASORE v. DACO, DRNA, KLRA202400674 y evitar que el proceso judicial continúe.
La Ley 51-2022, que prohíbe el expendio y uso de plásticos de un solo uso, y su Reglamento Conjunto Número 9570 de junio de 2024, permanecen vigentes. Sin embargo, el DACO ha implementado una moratoria en la fiscalización comercial de esta ley hasta el 1 de julio de 2025, enfocándose en educar y orientar a los sectores pertinentes sobre el cumplimiento de la normativa.
Por su parte, Waldemar Quiles, secretario designado del DRNA, destacó que la orden conjunta permitirá enfocar los esfuerzos en educar a los ciudadanos y sectores comerciales.
“Nuestro norte es que los consumidores y comerciantes comprendan los protocolos de la Ley 51-2022 y puedan ajustarse a sus disposiciones,” indicó.
La decisión responde al recurso de revisión judicial presentado por ASORE ante el Tribunal de Apelaciones, que busca declarar nula la interpretación oficial emitida en noviembre de 2024. El tribunal paralizó la interpretación tras conceder una solicitud de auxilio de jurisdicción. El Gobierno tenía hasta el 28 de enero de 2025 para responder al caso, lo que motivó la acción conjunta de las agencias.
Lea el documento: Orden 2025-002 DACO & DRNA