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Ya es ley amenazar con incurrir en venganza pornográfica

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17 de febrero de 2024

El gobernador Pedro Pierluisi Urrutia convirtió en ley el Proyecto del Senado 729, que penaliza el amenazar a una persona con difundir material sexual explícito suyo a través de medios electrónicos.

La Ley 21 de 2021, conocida como Ley contra la venganza pornográfica de Puerto Rico, ya penalizaba como delito grave la acción de difundir, divulgar, revelar o ceder a un tercero o terceros material explícito de la víctima, mediante cualquier tipo de comunicación, incluyendo comunicaciones electrónicas o utilizando medios de comunicación electrónica o cibernética.

La pena de cárcel para una persona convicta por este delito es tres años de cárcel.

El P. del S. 729, presentado por la senadora de Ponce, Marially González Huertas, enmendó el artículo 4 de la Ley 121 para convertir en un delito menos grave el amenazar con incurrir en alguna de esas acciones, constitutivas de porno venganza.

La medida fue aprobada unánimemente en el Senado y la Cámara, y firmada por el gobernador ayer, viernes.

“Con la tipificación de esta conducta se previenen potenciales daños irreparables a la dignidad del ser humano que dicha divulgación pudiese provocar”, lee la exposición de motivos del proyecto.

La ley también dispone que si la amenaza o la divulgación “se lleva a cabo para extorsionar o para obtener cualquier tipo de lucro, se incurrirá en delito grave que será sancionado con pena de reclusión por un término fijo de ocho años”.

“Del convicto ser reincidente en esta modalidad, el tribunal ordenará su inscripción en el Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso contra Menores como Ofensor Sexual Tipo I”, establece el estatuto.

Pierluisi Urrutia señaló, por su parte, que “con esta nueva ley se continúa trabajando para proteger a poblaciones vulnerables que pudieran ser víctimas de esta conducta delictiva, al facilitar el trabajo del Ministerio Público ante los tribunales”.

La Redacción

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