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“La jurisprudencia y la normativa vigente en Puerto Rico son claras: no se puede adjudicar un contrato a una entidad inexistente en derecho”, puntualizó el abogado Luis Santini Gaudier.  (Foto: LUMA/FB)

“La jurisprudencia y la normativa vigente en Puerto Rico son claras: no se puede adjudicar un contrato a una entidad inexistente en derecho”, puntualizó el abogado Luis Santini Gaudier. (Foto: LUMA/FB)

Sin freno la controversia: “El contrato de LUMA Energy es nulo”

La Redacciónby La Redacción
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29 de julio de 2025

Mientras el repudio contra la empresa LUMA Energy se agiganta y propaga por toda la isla, otra controversia se aproxima.

Como advirtieron hoy el exlegislador Luis Raúl Torres Cruz y el abogado Luis R. Santini Gaudier, el contrato billonario que las administraciones de Wanda Vázquez y Pedro Pierluisi concedieron a la empresa privada es nulo desde su origen, ya que la entidad “no existía legalmente al momento del otorgamiento”.

“La jurisprudencia y la normativa vigente en Puerto Rico son claras: no se puede adjudicar un contrato a una entidad inexistente en derecho”, puntualizó Santini Gaudier. 

“Este tipo de proceder viola la Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico, la Ley de Contratos, la Ley de la Autoridad de Energía Eléctrica y el principio de legalidad que debe regir todo uso de fondos públicos”, agregó el abogado, por lo que su adjudicación “a una entidad aún no constituida es una falta insalvable que justifica su anulación”.

Este hallazgo, a juicio del exrepresentante Torres Cruz, “no solo representa una falta grave a los principios más básicos de legalidad y transparencia, sino que constituye un abuso contra los recursos públicos, que debe ser rectificado de inmediato”.

Aunque en octubre del pasado año una Comisión Especial del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (CAAPR) concluyó que los contratos otorgados a LUMA Energy y GeneraPR son nulos debido a cláusulas leoninas, la causal levantada por Santini Gaudier resulta inexpugnable.

“El consorcio identificado como “LUMA” no existía como persona jurídica al momento de ser seleccionado como proponente preferido el 11 de enero de 2020, ni al momento de la notificación oficial, el 12 de enero de 2020. Fue apenas el 17 de enero de 2020 cuando se constituyeron legalmente LUMA Energy LLC y LUMA Energy ServCo LLC, lo que vulnera los principios básicos de contratación pública”, insistió.

Ante estos argumentos, Santini Gaudier y Torres Cruz solicitaron a la Oficina del Contralor de Puerto Rico que investigue la legalidad del proceso de contratación y determine si el contrato puede considerarse nulo ab initio, conforme a los hallazgos legales presentados.

El informe presentado meses atrás por la Comisión Especial del CAAPR recomendó dos fórmulas para proceder a declarar la nulidad de ambos contratos: mediante la vía judicial o mediante los propios términos de los contratos.

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Comments 1

  1. Francisco says:
    3 meses ago

    Lo triste de este asunto es que el PPD fue cómplice de este delito permitiendo que se destruyera la Corporación Pública mas importante lograda bajo el ELA…

    Responder

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