Al malestar social que Luma Energy ha generado por denegar masivamente reclamaciones por daños a enseres residenciales e industriales, la secretaria del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) agregó este martes otra causal.
Según narró su titular Valerie Rodríguez Erazo durante una audiencia cameral, una finca avícola establecida en Moca ha reclamado al consorcio pérdidas ascendentes a $800 mil por los daños que “relevos de carga” provocaron el año pasado al sistema de acondicionadores de aire de la empresa y por la muerte de las gallinas ponedoras.
Este solo caso, sin embargo, provocó además una escasez de huevos a lo largo de una cadena de consumidores afectados, pero Luma Energy niega responsabilidad sobre lo sucedido, al amparo de una exoneración concedida mediante contrato para asumir costos por daños a equipos eléctricos, lo que fue refrendado por el Negociado de Energía de Puerto Rico.
Dicho relevo, reiteró la ejecutiva, es “inconstitucional” e “ilegal”, por lo que insiste en la demanda radicada contra el consorcio donde impugna la cláusula 4.1(g) de su acuerdo con el gobierno de Puerto Rico: la misma que le otorga inmunidad excesiva frente a reclamaciones de consumidores.
Según aclaró, el operador privado acordó responsabilizarse por negligencias crasas y ordinarias cuando firmó el contrato de operación del sistema de transmisión y distribución eléctrica. Sin embargo, explicó que LUMA Energy objeta responder por negligencia consecuencial, la cual aplica a reclamos por daños y perjuicios indirectos.
“Si no es por este relevo, ellos tendrían que responder. Y por eso es que el DACO en el caso que está ante el Tribunal Supremo, que en cualquier momento podrían decidir, retamos la validez y la legalidad de ese relevo”, manifestó.
“Eso le aplica hasta al gobierno de Puerto Rico, excepto a LUMA”, continuó Rodríguez Erazo. “Nuestro Código Civil prohíbe eso, por lo cual tenía que haber sido legislado si a esta compañía se le iba a tratar distinto”.
Durante la vista pública de la Comisión de Asuntos del Consumidor celebrada ayer, el ombudsman Edwin García Feliciano también advirtió que la Oficina del Procurador del Ciudadano (OPC) atendió el año pasado 1,808 reclamaciones sobre situaciones con el servicio eléctrico y que este año podrían rebasar las 2 mil, a pesar de que la dependencia carece de facultad para dirimir asuntos de ese sector.
Asimismo, dijo sospechar que LUMA Energy bloquea los mecanismos para la radicación de querellas cuando se reporta un número considerable de incidentes, lo que implica que los ciudadanos no cuenten con un número de reclamación.
Según el ombudsman, en ocasiones el personal de la compañía también consolida las reclamaciones de los ciudadanos de un área y lo catalogan como un solo evento, por lo que el número de reclamación no estará asociado al número de cuenta de cada cliente.
Por su parte, la Oficina Independiente de Protección al Consumidor (OIPC), adscrita el Negociado de Energía, sugirió a la Cámara desarrollar una legislación para prohibir a cualquier compañía de servicio eléctrico cerrar una querella radicada por un consumidor sin haber resuelto la situación y que se le exijan medidas que garanticen mayor comunicación con el cliente.
Poca información de LUMA
Portavoces y abogados de LUMA Energy aseguraron en su ponencia que sus métricas reflejan que la empresa continúa mejorando su desempeño “de manera consistente” respecto a la rapidez promedio de respuesta y que ha reducido el tiempo de espera de los clientes en 76 por ciento desde el año fiscal 2022.
No obstante, la empresa se limitó a detallar el proceso para que un abonado pueda reclamar daños a la propiedad y equipos electrónicos debido a variaciones de voltaje, sin ofrecer información actualizada sobre los casos que están bajo evaluación.
La escasez de datos fue reprochada por legisladores que cuestionaron la falta de preparación del consorcio para la vista pública.
“Nosotros explicamos en la vista pasada que, si son reclamaciones por daños a enseres por fluctuaciones de voltaje o interrupciones de servicio, nos cubre el waiver y no hay ninguna de las querellas pagadas”, comunicó Rebeca Maldonado, directora de Asuntos de Gobierno y Política Pública de LUMA Energy.
El operador sostuvo que el relevo de responsabilidad dispone que solo tendrán derecho a recibir indemnización los abonados que han experimentado pérdida física, lesiones, así como daños directos al cliente o a la propiedad como consecuencia de las deficiencias en el sistema eléctrico.
A la vista pública, presidida por el representante Edgar Robles Rivera, se unieron los legisladores José Hernández Concepción, Adriana Gutiérrez Colón, Jorge Navarro Suárez y Sergio Estévez Vélez.














































A todas Lucas el contrato con LUMA es “LEONINO” y “nulo ab initio “