Una medida que prohíbe la instalación de baños inclusivos mixtos o neutros en agencias del Gobierno, corporaciones públicas, la Universidad de Puerto Rico y los municipios, fue convertida en ley hoy.
La Ley 26 de 2026 establece que los servicios sanitarios de ocupación múltiple deberán dividirse conforme al sexo biológico.
La ley, firmada por la gobernadora Jenniffer Aydin González Colón, surge del Proyecto de la Cámara 165, presentado por la representante Lisie Burgos y con la coautoría de varios legisladores.
La legislación dispone que los baños múltiples estarán identificados claramente como baños para mujeres y baños para hombres.
Además, la medida ordena que se habiliten baños asistidos o familiares para personas con diversidad funcional, personas de edad avanzada, menores que necesiten asistencia o personas de ambos sexos que opten por utilizar estos espacios. Estos baños también deberán contar con rotulación e identificación visible.
La ley establece penalidades por incumplimiento, con multas administrativas de $5 mil por cada violación, hasta un máximo de $15 mil. Los fondos recaudados serán destinados al Centro de Ayudas a Víctimas de Violación, adscrito al Departamento de Salud.
El estatuto aclara que sus disposiciones no aplicarán a niños y preadolescentes de hasta 12 años cuando utilicen baños regulares o familiares.















































