El Departamento de Justicia no encontró comisión de delitos en las actuaciones de los médicos de Physician Correctional y de los empleados del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) que facilitaron la excarcelación del convicto Hermes Ávila Vázquez, quien estando en la libre comunidad con un pase extendido cometió un feminicidio.
El secretario Domingo Emanuelli Hernández informó hoy que el panel médico fue referido a la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica de Puerto Rico (JLDM) porque la investigación de Justicia concluyó que estos no se cercioraron de que Ávila Vázquez efectivamente era parapléjico para poder quedar libre con un pase extendido.
Estos son la Dra. Deborah Arús Rosado, la Dra. Gladys Quiles Santiago y los doctores Cristóbal Antrón Ávila, Pedro Pérez Arindell y Jeffrey González Morales.
En cuanto a los empleados del DCR, Emanuelli Hernández dijo que se le corresponde a la secretaria Ana Escobar Pabón tomar acciones disciplinarias contra los funcionarios “cuya dejadez en la ejecución de sus deberes resultó en la excarcelación del feminicida”.
Las fiscales Elba Acevedo Pérez y Lucille Marqués Pacheco, de la División de Integridad Pública y Oficina de Asuntos del Contralor (DIPAC), determinaron que los funcionarios del DCR y los médicos de Physician Correctional no incurrieron en los delitos de fraude, incumplimiento del deber o negligencia en el cumplimento del deber, según definidos en los artículos 202, 262 y 263 del Código Penal de Puerto Rico, respectivamente.
En un comunicado de prensa, Justicia estableció que las fiscales tampoco obtuvieron prueba que les permitiera iniciar un proceso criminal en contra del Dr. Jeffrey González Morales por el delito de extorsión, tipificado en el artículo 191 del Código Penal.
En un informe de 255 páginas, la DIPAC estableció que los galenos no hicieron órdenes médicas para actualizar la condición de salud de Ávila Vázquez y corroborar si efectivamente era terminal.
Las fiscales recomendaron “referir a los médicos de Physician por no haber cumplido con las disposiciones del Reglamento Número 7818 ejerciendo su profesión de médico responsablemente y con información estudiada mediante exámenes -incluyendo el físico- y estudios del convicto”.
Con relación a los empleados del DCR que intervinieron en el proceso de excarcelación, Justicia indicó que el informe concluye que estos omitieron las funciones inherentes a su cargo en la evaluación, recomendación, concesión y eventual excarcelación de Ávila Vázquez para el disfrute del pase extendido por condición de salud.
“Basados en los hechos establecidos con la prueba en nuestra investigación, razonablemente se puede concluir que las funcionarias del DCR que se identifican a continuación fueron negligentes por omisión en el cumplimiento de sus funciones”, concluye la DIPAC al señalar específicamente a Celia Cosme Márquez, exdirectora de los Programas de Desvío del DCR y Julissa Beauchamp Ríos, técnica sociopenal a cargo de la supervisión de Ávila Vázquez.
Además, se hizo una mención particular de Virgen Oquendo Camacho, entonces enfermera del DCR que tuvo una relación de pareja con el convicto y fue despedida.
Las fiscales establecieron en el informe que esas empleadas incumplieron con sus deberes ministeriales como funcionarias del DCR, pero que “la dejadez manifiesta en la ejecución de los deberes de los funcionarios del DCR involucrados en los actos investigados y la conducta de la enfermera Oquendo Camacho, aunque reprochable, no son suficientes para un procesamiento criminal”.
Se informó que las fiscales entrevistaron alrededor de 65 personas, incluyendo a Ávila Vázquez, que visitaron tres instituciones penales y analizaron “vasta” prueba documental, entre ella el expediente médico correccional del convicto, que consta de 50 tomos y sobre 15,000 páginas.
Las fiscales señalaron que el convicto mintió durante su entrevista, no fue responsivo y trató de desviar los temas.
















































