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Legislan para prohibir cobros durante interrupciones de servicios de la AAA

La Redacciónby La Redacción
12 de junio de 2026
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Un proyecto que busca que los consumidores no tengan que pagarle a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) cargos durante el tiempo de interrupción de servicios fue radicado el jueves por el representante del Distrito 6 (Guaynabo, Cataño y Bayamón), Ángel Morey Noble.   

De ser aprobada, la Resolución Conjunta de la Cámara 369 tendría efecto retroactivo al 1 de mayo de 2026.

“Ante los constantes problemas de interrupción en el servicio de agua potable, algo que viene afectando a miles de familias no solo de mi Distrito sino de todo Puerto rico, se nos hace meritorio establecer una medida para que estos no tengan que pagar por un servicio que no reciben”, expresó el representante.

“Es inaceptable que una familia pase días, semanas y hasta meses sin una gota de agua y aun así reciba una factura como si el servicio hubiera sido prestado con normalidad. El agua no es un lujo; es una necesidad esencial”, agregó. 

En específico, la medida ordena que, durante un período de dos años a partir de su aprobación, la tarifa base, los cargos fijos, cargos mínimos o cualquier otro cargo relacionado al servicio de agua potable sean ajustados proporcionalmente cuando ocurra una interrupción del servicio de veinticuatro horas consecutivas o más por causas atribuibles a la AAA. Esto permitirá que los abonados reciban un descuento correspondiente al tiempo que estuvieron sin servicio durante el período de facturación.

La AAAA será a su vez, responsable de realizar automáticamente los créditos correspondientes en la factura del abonado afectado, eliminar cualquier cargo fijo, tarifa base o cargo mínimo correspondiente al período durante el cual no se prestó el servicio, abstenerse de facturar consumos estimados correspondientes al período de interrupción del servicio; y reembolsar o acreditar en facturas futuras cualquier cantidad cobrada en contravención a esta Resolución Conjunta.

La propuesta también indica que la Autoridad adoptará, dentro de un término no mayor de quince días a partir de la aprobación de esta Resolución Conjunta, las normas administrativas necesarias para su implementación, incluyendo mecanismos de verificación, acreditación y reclamación por parte de los abonados. 

Ello podrá efectuarse mediante reglamento, carta circular , memorando o cualquier medio escrito oficial, del cual se seleccionará la modalidad que pueda efectuarse de la manera más rápida y eficiente posible.

“Los ciudadanos no pueden seguir cargando con el costo de las deficiencias operacionales de un sistema. Por ello, tenemos la responsabilidad de ponernos de lado del pueblo y exigir rendición de cuentas por cobros de agua que nunca llegó”, finalizó Morey Noble.

Las disposiciones de esta resolución conjunta tendrán una vigencia de dos años a partir de su aprobación.

La Redacción

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