El Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) ordenó a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) completar el trámite requerido ante la Junta de Control Fiscal (JCF) antes de ejecutar cuatro acuerdos finales del Programa Acelerado de Adición de Almacenamiento de Energía con Baterías (ASAP, por sus siglas en inglés).
En una Resolución y Orden, el regulador advirtió que los contratos no podrán firmarse hasta que la AEE obtenga la aprobación de la Junta. De lo contrario, podrían ser declarados nulos.
El NEPR indicó que, tras recibir de LUMA la información sobre los acuerdos, evaluó los términos propuestos y concluyó que eran consistentes con la Política Pública Energética y el Plan Integrado de Recursos (PIR). Con esa determinación, aprobó los borradores instruyendo a LUMA a finalizar los contratos, remitirlos a la Junta de Gobierno de la AEE para su aprobación y presentar evidencia del trámite. A la AEE, por su parte, le exigió llevar el asunto ante la JCF.
El regulador también informó que LUMA presentó el 20 de noviembre evidencia de haber sometido los acuerdos finales a la Junta de Gobierno de la AEE. El operador solicitó trato confidencial para los documentos por contener información crítica de infraestructura y datos comercialmente sensitivos. El NEPR aceptó la petición y determinó que LUMA cumplió con lo ordenado.
En la Resolución y Orden, el Negociado además precisó el alcance del almacenamiento en baterías contemplado en el PIR. Señaló que la cifra de 1,500 megavatios (MW) establecida en el plan es una guía y no un límite, y que los proyectos deben evaluarse aun si sobrepasan esa cantidad. También afirmó que cualquier ajuste hacia arriba o hacia abajo sobre esa cifra corresponde exclusivamente al Negociado.
La comisionada Lillian Mateo Santos emitió un voto disidente en parte sobre los contratos del programa ASAP y concurrente en parte sobre la interpretación del PIR respecto al almacenamiento de energía.


















































