En un intento de darle fuerza de ley a una orden administrativa cuya legitimidad ha sido ampliamente cuestionada, la gobernadora Jenniffer González Colón envió a la Legislatura un proyecto de administración para legalizar las casas y demás estructuras construidas sobre el mar en el poblado La Parguera de Lajas.
La medida, que es uno de sus primeros tres proyectos sometidos a la Legislatura, potencialmente beneficiaría a sus suegros, José del Carmen Vargas Cortés e Irma Llavona Rivera, quienes tienen al menos una propiedad en la referida reserva natural.
El proyecto de ley, que todavía no tiene número asignado, fue presentado por la delegación del Partido Nuevo Progresista (PNP) en el Senado.
En esencia, el proyecto de ley contiene los mismos argumentos de la orden administrativa 2025-01, firmada por el designado secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), Waldemar Quiles Pérez, cuya legalidad ha sido cuestionada.
La orden de Quiles Pérez busca legalizar las estructuras construidas sobre bienes de dominio público en la zona marítimo terrestre de La Parguera, mediante el otorgamiento de concesiones y el pago de derechos al Estado. También dispone el archivo de los casos pendientes de adjudicación por presuntas violaciones ambientales en la zona, como el que enfrentan los suegros de la gobernadora.
Las minorías legislativas, así como abogados expertos en derecho ambiental, han cuestionado la legalidad de la orden del DRNA por entender que violenta estatutos estatales y federales de protección ambiental.
González Colón llega ahora con un proyecto de ley cuya exposición de motivos es una copia de la orden de Quiles Pérez, en el sentido de que plantea la urgencia de regularizar estas construcciones sobre el mar porque son “pintorescas”, fomentan el turismo e impulsan el desarrollo económico de Lajas.
El principal cambio que presenta es que otorgaría concesiones por 40 años, no por cinco años como establece la orden del DRNA.
De acuerdo a la reglamentación vigente, el DRNA solo otorga concesiones para el uso de los bienes de dominio público que dependan obligatoriamente del agua, como los muelles y las marinas. Por tal razón, las casas no tienen concesiones, puesto que son estructuras que pueden construirse sobre tierra firme.
La medida de González Colón enmendaría el artículo 5 de la Ley orgánica del DRNA (Ley 23 de 1972) para establecer el otorgamiento de concesiones a los propietarios de estas estructuras.
“No obstante lo dispuesto en esta ley, regular y reglamentar el uso y operación de residencias, muelles y estructuras ubicados en el litoral costero en terrenos de dominio público y las aguas del poblado de La Parguera del Municipio de Lajas, Puerto Rico, incluyendo la facultad de requerir y cobrar una licencia o canon anual por el uso de la superficie en las porciones de terrenos públicos y de agua que ocupen dichas estructuras a la fecha de vigencia de esta ley”, lee el proyecto.
“Dichas residencias y estructuras deberán estar sujetas a cánones por el uso de la superficie por un término de 40 años, sujeto a la posibilidad de renovación al culminar dicho periodo. Los cánones que se podrán cobrar serán entre un cinco por ciento (5%) y un diez por ciento (10%) mayor a los establecidos y cobrados por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales a las marinas y muelles en Puerto Rico”, agrega.
En lugar de descartar el otorgamiento de concesiones a personas que estén violando reglamentaciones ambientales, este proyecto les daría la oportunidad de ponerse en cumplimiento.
“La ocupación y uso de las residencias, muelles y estructuras deberá satisfacer y cumplir cabalmente con todos los reglamentos aplicables al control y prevención de la contaminación. De no cumplir con lo anterior dentro del periodo de tiempo razonable requerido, el Departamento podrá, a su vez, prohibir el uso de la residencia o propiedad en cuestión y requerir la remoción de la misma del litoral costero o las aguas”, señala el proyecto.
Asimismo, el proyecto de la gobernadora facilitaría el otorgamiento expedito de permisos para hacerle reparaciones a estas estructuras.
“El Departamento deberá promulgar reglamentación estableciendo la zonificación y los procedimientos ágiles para atender solicitudes de mantenimiento y reparación de estas estructuras, lo que será permitido, de modo que las mismas mantengan la pintoresca y colorida arquitectura que las ha convertido en atractivo turístico de la zona”, señala.
Igual que la orden administrativa del DRNA, este proyecto prohibiría las nuevas construcciones en la zona.
“Además, quedará prohibido en dicho litoral costero llevar a cabo obras de construcción fuera de la huella de ocupación de la estructura. Si una residencia es destruida total o parcialmente que exceda cincuenta por ciento (50%) de la totalidad de la estructura, de manera que se considere prudente y razonable como inhabitable, ya sea por motivos naturales o por el mero transcurso del tiempo, la misma no podrá ser reconstruida. De igual modo, se prohíben las ampliaciones y extensiones a las residencias existentes, y quedan prohibidas las nuevas construcciones”, lee el estatuto.
En los 60 días posteriores a la aprobación de la ley, los propietarios deberán presentarle al DRNA una certificación juramentada por un ingeniero o agrimensor licenciado que estipule la huella existente de la estructura. Eso deberá ir acompañado de un diagrama de la propiedad. Contrario a la orden del DRNA, el proyecto de ley señala que la agencia “podrá verificar oportunamente la corrección de dichas certificaciones”.
A base de esa información, es que la agencia impondrá los cánones que los propietarios deberán pagar.
El proyecto también le da 180 días al DRNA, a partir de la aprobación de la ley, para que genere “cualquier carta, orden, norma, regla o reglamento que sea necesaria para dar más fiel cumplimiento a la presente ley”.
“Esta facultad incluye el poder realizar acuerdos con cualquier municipio para el uso conjunto de las cantidades cobradas por concepto de cánones para el desarrollo de programas o servicios municipales en las zonas protegidas por las disposiciones de esta ley”, lee la medida.
A pesar de que legaliza los usos privados en bienes de dominio público, el proyecto de González Colón expone que ello no significa una renuncia del Estado a sus derechos.
En su sección 5, identificada como “Interpretación del estatuto”, el proyecto indica: “Nada de lo dispuesto en esta ley podrá interpretarse en el sentido de que el Gobierno de Puerto Rico está cediendo sus derechos sobre los terrenos de dominio público y en las aguas del litoral costero del Barrio La Parguera del Municipio de Lajas, ni de ningún otro municipio. Por lo tanto, no tendrá efecto la usucapión sobre los terrenos aquí en cuestión. El derecho de uso de superficie otorgado mediante la presente ley no podrá ser gravado”.
De otro lado, el proyecto establece la Zona de Planificación Especial Turística de las Casetas y Muelles de La Parguera, cuya delimitación será hecha por el DRNA, la Junta de Planificación (JP) y la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR).
La JP vendrá obligada a enmendar el Plan de Manejo para el Área de Planificación Especial del Suroeste, sector La Parguera, mientras el Municipio de Lajas tendrá que enmendar su Plan de Ordenamiento Territorial para que sean consistentes con las disposiciones de esta ley. Ambos deberán completarse en un año a partir de la aprobación del estatuto.
El proyecto también se refiere al dinero recaudado por concepto de las concesiones como “rentas” y le ordena al DRNA y a la CTPR rendir un informe sobre las mejoras que se le deben hacer a La Parguera con ese dinero, dentro de los 180 días después de la aprobación de la ley.
No obstante, el DRNA no estará obligado a invertir todo ese recaudo en La Parguera, sino, al menos, el 50 por ciento.
El proyecto establece, además, que se consultará a la comunidad, a la alcaldía de Lajas y al gobierno federal sobre dichas mejoras, pero que la palabra final la tendrá el DRNA, y que el plan de ejecución de esos trabajos deberá iniciar en un año a partir de la aprobación del estatuto.
















































