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Dinero. Foto: NikolayF.com / Pixabay

Dinero. Foto: NikolayF.com / Pixabay

DTRH coordina asistencia para trabajadores que no cualifiquen para desempleo

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24 de septiembre de 2022

El titular del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), Gabriel Maldonado-González, informó hoy, sábado, que el Seguro por Desempleo está disponible para los trabajadores que se hayan visto afectados por el embate del huracán Fiona y que cumplan con los requisitos establecidos por ley.

Además, anunció que próximamente se activará una ayuda para los trabajadores que no cualifiquen para el Seguro por Desempleo.

“Es de suma importancia que todo trabajador desplazado, que cumpla con los requisitos del Seguro por Desempleo, solicite a esta ayuda accediendo a https://trabajo.pr.gov/. Mientras que quienes no cualifiquen se mantengan atentos a nuestras actualizaciones ya que esperamos que pronto podamos otorgar la Asistencia de Desempleo por Desastre (DUA, en inglés)”, añadió.

El DUA es uno de los programas de Asistencia Individual de FEMA bajo la Ley Federal Stafford, que se activan luego de la Declaración de Desastre Mayor.

“Bajo el DUA, FEMA provee los fondos necesarios al Departamento del Trabajo federal (USDOL) y el DTRH administra el programa a nivel local en el área de Seguro por Desempleo. Actualmente, nuestra agencia se encuentra en proceso de coordinar con el USDOL para activar el programa a la brevedad posible”, señaló.

“Una vez activo, los reclamantes podrían solicitar para recibir beneficios retroactivamente. Al igual que el Seguro por Desempleo, dicho incentivo podrá ser de hasta un máximo de $240 dólares semanales durante 26 semanas”, agregó.

Requisitos para la Asistencia de Desempleo por Desastre:

  • Perder o ver interrumpido su trabajo como resultado de un desastre declarado por el presidente de Estados Unidos.
  • No ser elegible para el Seguro por Desempleo.
  • Si vivía, trabajaba o debía trabajar en alguna de las zonas declaradas como desastre cualifica en caso de que:
  • Ya no tiene trabajo ni lugar para trabajar.
  • No puede llegar a su lugar de empleo.
  • No puede trabajar debido a daños en el lugar de trabajo.
  • Estaba a punto de comenzar un nuevo trabajo, pero, debido al desastre, el trabajo ya no existe. Está imposibilitado de trabajar debido a una lesión causada por el desastre.
  • Se convirtió en el principal sostén de un hogar porque el cabeza de familia falleció a causa del desastre.

Debe estar disponible y capaz de trabajar, a menos que cumpla con una de estas dos condiciones:

  • Tiene una lesión causada por el desastre.
  • Está contemplando volver a trabajar por cuenta propia.

Disponible el Seguro por Desempleo

En el caso del Seguro por Desempleo, el reclamante podrá recibir, por un periodo de hasta 26 semanas, un incentivo de un máximo de $240 dólares.

Como parte de los requisitos de elegibilidad, en términos generales el reclamante debe cumplir con lo siguiente:

  • Perdió el empleo por motivos ajenos a su voluntad.
  • Trabajó para un patrono asegurado y registrado en el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos.
  • Se registró para búsqueda de empleo en cualquiera de nuestras oficinas del Servicio de Empleo, en los Centros de Gestión Única.
  • Está listo para aceptar un nuevo empleo cuando se le ofrezca.
  • Tiene ingreso por lo menos en dos trimestres en los últimos 18 meses.

No será elegible al Seguro por Desempleo si:

  • Voluntariamente y sin justa causa abandona un trabajo adecuado.
  • Es despedido por observar conducta incorrecta en relación con su trabajo.
  • Rechaza o deja de solicitar un trabajo adecuado que se le ofreciera.
  • Se determina que el desempleo se debe a una disputa obrera en la cual participa.

Cabe destacar que se excluye a funcionarios que ocuparon puestos electivos, empleados de la Asamblea Legislativa, jueces, miembros de la Guardia Nacional Estatal o Aérea, trabajadores temporeros en caso de desastre natural, puestos de confianza del gobierno, extranjeros trabajando ilegalmente en territorio americano y trabajadores a base de comisiones.

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